#SeguridadSinGuerra URGENTE / #SEGURIDADSINGUERRA #SEGURIDADSINGUERRA URGENTE El Presidente de la República ha cerrado un lamentable ciclo de imposición, opacidad, simulación y alejamiento con la sociedad civil, desdeñando el diálogo que él mismo solicitó. Hoy ha promulgado la Ley de Seguridad Interior, minutos después de asegurar, durante la 43 Reunión del Consejo de Seguridad Nacional, que no emitirá ninguna Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva los problemas de constitucionalidad de la Ley. Desde el Colectivo #SeguridadSinGuerra, conformado por más de 250 organizaciones de la Sociedad Civil y más de 100 personas, advertimos a la sociedad que la promesa de no emitir, por ahora, declaratoria alguna, es una simulación más en este penoso proceso. Como ha sido advertido por diversos organismos nacionales e internacionales y centenas de organizaciones de la sociedad civil, el proyecto de Ley está revestido de elementos de opacidad que permiten el uso discrecional y permanente de las fuerzas armadas para realizar acciones que pueden lesionar derechos humanos sin necesidad de declaratoria alguna. En ese sentido, el artículo 26 de la Ley establece: “Artículo 26. Las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas , llevarán a cabo las Acciones de Seguridad Interior que sean necesarias, pertinentes y eficaces para identificar, prevenir y atender riesgos en aquellas zonas o áreas geográficas del país, vías Generales de Comunicación e Instalaciones estratégicas que lo requieran, así como para garantizar el cumplimiento del Programa de Seguridad Nacional y la Agenda Nacional de Riesgos. Las acciones que se realicen para identificar, prevenir y atender riesgos a la Seguridad Interior son de carácter permanente y no requieren de la emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, pudiendo suscribirse los convenios que en su caso requieran”. Asimismo, varios de los artículos de la Ley que este grupo ha señalado como especialmente preocupantes -como la reserva de información relacionada Seguridad Interior (Art. 9), la obligación de las autoridades federales y órganos autónomos de entregar información que requieran las Fuerzas federales (Art. 31), o bien la subordinación del presupuesto de entidades federativas y municipios (Segundo Transitorio) no requieren de la declaratoria del Presidente para ser aplicables. Si el Presidente tiene dudas acerca de constitucionalidad de la ley, lo responsable habría sido hacer las observaciones pertinentes al Poder Legislativo, como lo marca la Constitución, y no promulgar una ley peligrosa y que considera de dudosa constitucionalidad. Reiteramos, con más claridad y contundencia que nunca, que buscaremos apoyar e impulsar todas las acciones legales encaminadas a revertir este golpe de un Gobierno, su partido y sus aliados que cada día se alejan más de la construcción de un modelo de seguridad ciudadana, que resuelva los problemas de fondo y detenga el horror de 11 años de guerra. Reconocemos y agradecemos el trabajo y pertinencia de quienes desde nuestro país y el extranjero, alzaron la voz intentando llamar a la prudencia de un gobierno que nos ignoró a todas y todos por igual. Hoy es un día muy triste para la nación, pero sus ciudadanos estaremos a la altura del reto que implica construir un Estado de derecho a pesar de un gobierno que desprecia a la Constitución y socava a sus instituciones. Share This Previous ArticlePor la verdad y la justicia: ¡No a la Ley de Seguridad Interior! Next ArticleCOMUNICADO / VETO A LA PALABRA PRESIDENCIAL 21 diciembre, 2017