Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa La Parota (CECOP) Tribunal Federal ratifica Punto Final a la presa La Parota Niega Tribunal Colegiado amparo a comuneros que impugnaron la sentencia en la que un tribunal agrario anuló la asamblea con la que se pretendió imponer el proyecto. Se trata de la sexta resolución contra la construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota 12 de julio de 2012, Chilpancingo, Guerrero. El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito ratificó el PUNTO FINAL al proyecto hidroeléctrico La Parota al negar el amparo promovido por un grupo minoritario de comuneros en contra de la resolución emitida por el Tribunal Unitario Agrario (TUA) Nº 41 con sede en Acapulco, en la que se declaró la nulidad de la Asamblea con la que se pretendió imponer la construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota. Cabe recordar que el 18 de abril de 2011, el TUA Nº 41 con sede en Acapulco, dentro del Juicio Agrario 360/2010, declaró nula la Asamblea llevada a cabo en el Núcleo Agrario de Cacahuatepec el 28 de abril de 2010, considerando que la misma estuvo afectada de graves irregularidades pues no fue convocada ni realizada conforme a las formalidades previstas en la Ley Agraria; no se publicaron las convocatorias en los lugares visibles; amén de que se enviaron a ella más de 300 policías para impedir la entrada de los comuneros dueños de las tierras y para permitir la entrada de personas ajenas al núcleo agrario. Después de que fuera dictada esta resolución emitida por el TUA Nº 41 el pasado 18 de abril de 2011, que significaba el quinto fallo en contra de la construcción de la presa La Parota, el 06 de junio de 2011 un grupo minoritario de supuestos comuneros promovió una demanda de amparo en contra de dicha resolución, la cual se turnó al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, bajo el número de Amparo Directo Agrario 323/2011.Tras analizar el caso, el Tribunal Federal confirmó la nulidad de la Asamblea amañada realizada el 28 de abril de 2010. La decisión del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito representa una confirmación de lo que han señalado instancias de la Organización de las Naciones Unidas tan relevantes como el Relator sobre derechos de los Pueblos Indígenas, el Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación, y el Relator Especial sobre la Vivienda, acerca de las múltiples irregularidades en las asambleas comunales y ejidales convocadas acerca del proyecto La Parota. Esta decisión del Tribunal Federal, sumada a los resultados de la consulta del 12 de agosto de 2007, a las recomendaciones de las instancias internacionales de derechos humanos y a las opiniones de expertas en materia ambiental, confirman que el proyecto La Parota es legal, ambiental y socialmente inviable. Asimismo, la decisión del Tribunal Colegiado confirma una vez más que en la lucha legal emprendida por los opositores al Proyecto, son los comuneros, ejidatarios y avecindados unidos en el Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa La Parota (CECOP) quienes tienen la razón legal y la legitimidad social. Es de esperarse, por ello, que la reciente determinación impulse la firma de los Acuerdos de Cacahuatepec, hasta ahora pospuesta por el Ejecutivo estatal, misma que puede devolver la paz a la región. Para mayor información y entrevistas: Área de Comunicación Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan Teléfono: (+52) 757 476 37 04 /476 12 20 Fax: (+52) 757 476 12 00 Correo electrónico: comunicacion@tlachinollan.org Skype: tlachinollan Twitter: @Tlachinollan Facebook: Cdhm Tlachinollan www.tlachinollan.org Share This Previous ArticleVIDEO | Carrizalillo Nos está afectando la mina Next ArticleNOTA INFORMATIVA | No se ha vulnerado el derecho a la educación en Buena Vista, responde la SEG 12 julio, 2012