Inés Fernández y Valentina Rosendo COMUNICADO | Aplazamiento de la discusión sobre las obligaciones del Poder Judicial frente a sentencias dictadas por la Corte IDH Aplazar la discusión implica reconocer que el proyecto a discusión debe mejorarse. Al analizar los casos, el Máximo Tribunal debe pronunciarse sobre la obligación de que los casos, hoy ante el Poder Judicial de la Federación, no queden en la impunidad. México D.F. a 27 de abril de 2015.- El día de hoy el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó aplazar la discusión del expediente Varios 1396/2011, relacionado con el cumplimiento en el ámbito del Poder Judicial de la Federación (PJF) de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos de Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega. Lo anterior en virtud de que al analizar lo concerniente a las obligaciones que las sentencias imponen respecto del juzgamiento de conductas de tortura sexual, con perspectiva de género y etnicidad, se estimó que el proyecto presentado por el Ministro Pérez Dayán debe ser modificado. La discusión continuará las siguientes semanas, en fecha por definir. Como es sabido, en distintos eventos acontecidos durante el años 2002, las mujeres indígenas Me’phaa del Estado de Guerrero Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú fueron víctimas de graves violaciones a derechos humanos, incluyendo la tortura sexual, al ser agredidas por elementos del Ejército mexicano. Tras una larga búsqueda de justicia, que incluyó enfrentarse a la impunidad generada por el fuero militar y enfrentar graves riesgos a su vida, Inés y Valentina llevaron su demanda hasta la Corte IDH, Tribunal que en 2010 emitió dos sentencias en las que condenó al Estado mexicano y dio la razón a ambas mujeres. Tras la emisión de las sentencias, como parte de su búsqueda de justicia, ambas mujeres solicitaron en el año 2011 que, como había ocurrido en el Caso Radilla, la SCJN iniciara un expediente Varios para determinar qué obligaciones le surgen al PJF frente a las sentencias interamericanas; en particular se solicitó realizar desarrollos interpretativos en temas como la tortura sexual, el valor de la declaración de las víctimas de delitos sexuales, la impartición de justicia con perspectiva de género y etnicidad, la participación del Poder Judicial de la Federación en los actos de reconocimiento, entre otros. Ante esta solicitud presentada hace cuatro años, el martes 21 de abril el Pleno de la SCJN comenzó a analizar dichas sentencias. El día de hoy, el Pleno decidió aplazar la discusión del expediente Varios 1396, lo que implica reconocer que el proyecto sometido a discusión puede ser mejorado. Así, se atendió la preocupación de las señoras Inés Fernández y Valentina Rosendo, así como por sus representantes, en cuanto a que la discusión del expediente no estaba contribuyendo realmente a desarrollar los criterios y estándares sobre tortura sexual y juzgamiento con perspectiva de género y etnicidad, ni tampoco se estaban ampliando los deberes de los juzgados del poder Judicial de la Federación donde hoy se ventilan ambos casos. Precisamente, esta preocupación fue compartida en las observaciones formuladas por los Ministros Cossío, Silva, Gutiérrez Ortiz Mena, Zaldívar y por la Ministra Sánchez Cordero. Las organizaciones saludamos el aplazamiento de la discusión para reelaborar el Proyecto, lo que abre la posibilidad de que éste mejore sustantivamente, no sólo para efectos de que se introduzcan tesis que ya han sido abordadas por la SCJN en otros casos, sino ante todo para desarrollar con mayor detalle las obligaciones jurisdiccionales sustantivas que ambas sentencias imponen a los órganos de justicia mexicanos en casos de tortura sexual, desde la incorporación de las perspectivas de género y etnicidad, en aspectos como la valoración de la prueba. Para aprovechar esta posibilidad, es fundamental que la mayoría de las Ministras y los Ministros asuman que la crisis de violaciones a derechos humanos que vive el país exige mucho más que simples medidas administrativas y cursos para jueces y juezas; se necesitan verdaderas garantías de reparación y no repetición y un efectivo combate a la impunidad, lo que implica revisar los criterios y las prácticas judiciales aplicables en estos casos. El análisis de las sentencias de Inés y Valentina puede ser un parteaguas en la impartición de justicia para las mujeres indígenas, como lo fue el Caso Radilla en materia de control de convencionalidad y fuero militar. Siendo esta discusión de interés público, las organizaciones firmantes, integrantes y solidarias de la Campaña “Rompiendo el Silencio Todas Juntas contra la Tortura Sexual”, hacen un llamado a que el proyecto incorpore los contenidos propuestos el día de hoy por los Ministros Cossío, Silva, Gutiérrez Ortiz Mena, Zaldívar y por la Ministra Sánchez Cordero y se logre una sentencia vanguardista en la materia. Igualmente, llamamos a la sociedad y especialmente a los organismos dedicados a la defensa de los derechos humanos, de los derechos de las mujeres y de los derechos de las personas, comunidades y pueblos indígenas, para que expresen ante la SCJN mediante amici, cartas y otros medios, la legítima demanda de que la sentencia en el caso Varios 1396 contribuya realmente a ampliar las puertas de la justicia para las mujeres indígenas y para todas las sobrevivientes de la tortura sexual. Esa es, justamente, la principal expectativa de Inés Fernández y Valentina Rosendo, a más de trece años de lucha: que su persistencia sirva a otras mujeres. Contacto: María Luisa Aguilar Rodríguez Coordinadora del Área Internacional Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan Tel: (757) 1066055 skype: malu.aguilar Share This Previous ArticleCOMUNICADO | Comité estudiantil de Ayotzinapa refrenda la exigencia de presentación con vida de los 43 estudianes y niega intención de reunirse con gobierno estatal Next ArticleCOMUNICADO | Concluye SCJN sin un análisis profundo en materia de género y etnicidad revisión de sentencias de la CoIDH 27 abril, 2015