Washington, DC – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anuncia el inicio de la fase de implementación del mecanismo de seguimiento especial a la medida cautelar 409/14, otorgada en relación con los estudiantes de la escuela rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, México.
El establecimiento de un mecanismo especial de seguimiento fue decidido por la CIDH el 29 de julio de 2016 mediante una resolución que establece que su objetivo es dar seguimiento a las recomendaciones formuladas por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) en sus dos informes, así como para la medida cautelar, principalmente la Resolución 42/16. A partir de dicha decisión, la CIDH y el Estado mexicano sostuvieron conversaciones sobre la financiación del mismo. El 9 de septiembre de 2016, la CIDH y el Estado mexicano finalizaron un acuerdo sobre la integralidad de los recursos necesarios para poner en marcha el mecanismo.
“El trabajo realizado por el GIEI fue fundamental y es de la más alta importancia para la CIDH asegurar el cumplimiento de las recomendaciones realizadas en los dos informes que emitieron”, dijo el Presidente de la CIDH, Comisionado James Cavallaro. “En este sentido, estamos satisfechos con el acuerdo alcanzado con el gobierno mexicano a los efectos de pasar a la etapa de implementación del mecanismo”.
En el marco de este mecanismo, la CIDH nombrará como mínimo a dos asesores técnicos especiales de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión para realizar labores de recopilación de información y documentación sobre el caso. En coordinación con el Estado, los asesores técnicos podrán realizar visitas a México con la frecuencia y por el tiempo que resulte necesario para su labor. Según lo establecido en la resolución de la Comisión, estos asesores tendrán acceso pleno a la información necesaria en los expedientes y otras fuentes de información del caso, de acuerdo con la normatividad mexicana vigente y los estándares internacionales aplicables.
“Cuando la CIDH otorgó la medida cautelar el 3 de octubre de 2014, solicitó al Estado mexicano que adoptara las medidas necesarias para determinar la situación y el paradero de los 43 estudiantes identificados como desaparecidos, con el propósito de proteger sus derechos a la vida y a la integridad personal, entre otras solicitudes”, explicó el Relator de la CIDH para México, Enrique Gil Botero. “Este objetivo continúa incumplido, y la Comisión ha urgido al Estado reiteradamente a redoblar esfuerzos a fin de determinar su paradero. El presente mecanismo constituye en estos momentos la herramienta idónea para que la CIDH pueda dar seguimiento a este y otros aspectos de la medida cautelar vigente”, agregó. Dentro del mecanismo se prevé que se realicen visitas a México por parte del Relator de País y/u otro Comisionado designado por la CIDH, en coordinación con el Estado.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.