- Restricción de la jurisdicción militar en casos donde haya civiles: triunfo de las víctimas
México D.F. a 28 de abril de 2014.- El pasado jueves 24 de abril de 2014, el Senado de la República aprobó de manera unánime diversas reformas al Código de Justicia Militar, que entre otros aspectos restringen la jurisdicción militar en aquellos casos donde concurran personas civiles como víctimas. Durante los próximos días, dichas reformas serán votadas en la Cámara de Diputados. Frente a este escenario, los organismos civiles instamos a las y los legisladores a que las reformas sean aprobadas en sus términos y a la brevedad, a efecto de concretar estas modificaciones, esenciales para iniciar el restablecimiento de los controles civiles sobre las Fuerzas Armadas y para ampliar el acceso a la justicia a las víctimas de violaciones a derechos humanos.
La reforma de la jurisdicción militar es una obligación internacional del Estado mexicano tanto como una deuda persistente respecto de quienes, siendo víctimas de abuso militar, han vivido directamente la impunidad que con regularidad se genera cuando tales violaciones a derechos humanos no son investigadas ni procesadas en la jurisdicción debida; personas como Tita Radilla, Valentina Rosendo, Inés Fernández, Rodolfo Montiel, Teodoro Cabrera, Reynalda Morales, Daniel Téllez, y los familiares de Bonfilio Rubio y Jethro Ramés, cuyos nombres evocan procesos de búsqueda de justicia que llegaron hasta la Corte Interamericana o la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En este sentido, el acotamiento de la jurisdicción militar adquiere innegable trascendencia para las víctimas de violaciones a derechos humanos, que no es menor; más aún, la reforma es un triunfo histórico de las víctimas que hicieron frente a la violencia institucional castrense.
En la actual Legislatura, las Comisiones de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos, Estudios Legislativos Primera y Estudios Legislativos Segunda del Senado iniciaron un amplio proceso de discusión, del que derivó el Dictamen votado por el Pleno el jueves 24 de abril. La pluralidad y el alto nivel técnico que garantizaron las Comisiones a cargo del proceso deben ser reconocidas.
La minuta aprobada por el Senado contiene diversas modificaciones que avanzan en la ruta indicada para cumplir con las obligaciones internacionales del Estado mexicano. En particular, resulta atinada la restricción de la jurisdicción castrense, desde las primeras actuaciones, en aquellos casos donde sea civil el sujeto pasivo o la persona titular del bien jurídico tutelado o puesto en peligro. De confirmarse en la Cámara de Diputados esta modificación, nunca más una violación a los derechos humanos de una persona civil podrá ser investigada o juzgada por las instancias castrenses.
A pesar de este avance fundamental, en la minuta persisten aspectos perfectibles, como lo ha señalado la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y como reiteradamente lo señalamos los organismos civiles a las y los Senadores durante el proceso. Especial preocupación genera que, en sintonía con las posiciones esgrimidas por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Secretaría de Marina (SEMAR), la Minuta final no haya restringido la extensión de la jurisdicción militar sobre casos de violaciones a derechos humanos de militares cometidas por sus pares.
Además, los organismos civiles de derechos humanos que firmamos la presente hacemos votos para que esta Legislatura no deje de impulsar una agenda que apuntale la rendición de cuentas de las Fuerzas Armadas en lógica democrática, rubro que en nuestro país presenta un considerable rezago. En el ámbito de la justicia, sin duda dicha agenda debe incluir una revisión integral del Código de Justicia Militar para que se incorporen plenamente los principios del proceso penal acusatorio y para que se garanticen las condiciones mínimas de independencia e imparcialidad en los órganos militares de procuración e impartición de justicia, hoy flagrantemente incumplidas. Las violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de las Fuerzas Armadas, cabe reiterar, sólo podrán revertirse cuando se ponga fin a la militarización de la seguridad pública, que todavía prevalece.
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh)
Centro de Derechos Humanos de la Montaña – Tlachinollan
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD)