Bonfilio Rubio Villegas COMUNICADO | Organizaciones de la sociedad civil y víctimas urgen a reformar el fuero militar conforme a lo ordenado por la Corte Interamericana Ante la omisión legislativa de reformar el Código de Justicia Militar, SCJN conocerá el caso de Bonfilio Rubio Villegas, ejecutado extrajudicialmente por militares Centro Prodh y Tlachinollan presentan conjuntamente al Senado elementos esenciales sobre los contenidos de la urgente reforma COMUNICADO DE PRENSA México Distrito Federal a 20 de marzo de 2012 En conferencia de prensa, organizaciones de la sociedad civil denunciaron que, ante la omisión legislativa de reformar el Código de Justicia Militar conforme a lo ordenado en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorIDH), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) sigue aplicando el fuero militar para garantizar impunidad, como lo evidencia el caso paradigmático de Bonfilio Rubio Villegas, indígena naua de la Montaña de Guerrero que, durante el año 2009, fue ejecutado extrajudicialmente por un retén militar conformado por elementos del 93 Batallón de Infantería. El caso de Bonfilio se encuentra actualmente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Las organizaciones recordaron que en las sentencias emitidas por la CorIDH dentro de los casos Rosendo Radilla, Valentina Rosendo Cantú, Inés Fernández Ortega, y “Campesinos Ecologistas” (Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera), dicho Tribunal determinó que el Estado mexicano debe adoptar las reformas pertinentes para armonizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Es decir, que el Poder Legislativo debe modificar la normatividad que hoy permite que el fuero militar sea una prerrogativa personal. No obstante, señalaron, el mencionado Código de Justicia Militar no ha sido reformado, lo que ocasiona que las víctimas de las crecientes violaciones a derechos humanos cometidas por el Ejército mexicano deban acudir a los tribunales para exigir que los expedientes pasen al fuero civil. Respecto al caso de Bonfilio Rubio Villegas, su hermano el Profr. José Rubio Villegas detalló cómo aun habiendo obtenido de la justicia federal una sentencia histórica el pasado mes de diciembre, ésta fue impugnada por la SEDENA en una clara muestra de la reticencia castrense a acatar la necesaria limitación del fuero militar. No obstante, se destacó que el caso de Bonfilio Rubio Villegas acompañado por Tlachinollan y el Mocipol -organización fundada por Insyde y Fundar en conjunto con dicho Centro de Derechos Humanos- ya se encuentra ante la SCJN, instancia que resolverá en definitiva el caso. En este contexto y ante la insistencia de las instituciones castrenses de seguir investigando los casos relacionados con violaciones a derechos humanos que propicia la omisión del Poder Legislativo, el Centro Prodh y Tlachinollan presentarán al Senado los elementos que debe incluir la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar a partir de las sentencias emitidas por la CorIDH. En particular, las organizaciones de la sociedad civil destacarán que siempre que existan hechos presuntamente constitutivos de violaciones a derechos humanos o en donde estén involucrados con carácter de víctimas personas civiles, debe ser competente para la investigación exclusivamente el ministerio público de la Federación y para el juzgamiento exclusivamente los tribunales federales ordinarios, sin diferencia alguna de competencia, autoridad judicial, derecho aplicado y otras condiciones, que si los actos violatorios de derechos humanos hubieran sido cometidos por servidores públicos civiles. Share This Previous ArticleNOTA INFORMATIVA | La Jornada del Campo: Jornaleros Next ArticleNOTA INFORMATIVA | Resolverá el TSJ en días sobre el líder mixteco preso 20 marzo, 2012