El día 14 de Noviembre, autoridades y pobladores de Juba Wajiín acudieron a la Ciudad de México para anunciar su tercera victoria sobre las concesiones mineras en su territorio, concluyendo un proceso jurídico de nueve años. Juba Wajiín se convirtió en un ejemplo más de la resistencia de las comunidades indígenas contra el modelo extractivo, y dejó un precedente importante para otras comunidades a lo largo del país.
Les acompañaron personas solidarias que, desde la academia y la sociedad civil, comparten el camino de lucha por la dignidad de los pueblos y contra el despojo de las empresas extranjeras extractivistas: Maria Teresa Sierra Camacho, antropóloga del CIESAS que realizó un peritaje para demostrar el apego de la comunidad originaria Me’Phaa con su territorio; Magdalena Gómez, abogada de la UPN especialista de derechos de los pueblos indígenas; y Edmundo del Pozo, del Centro de Investigación y Análisis Fundar, que acompaña procesos en contra de proyectos extractivos e impulsa cambios legislativos en la materia.
Autoridades de San Miguel del Progreso y sus representantes Juba Wajiín hicieron un recuento de la lucha jurídica y del proceso organizativo que permitió esta victoria.
En el 2010, la población de San Miguel se percató de la presencia de helicópteros sobrevolando su territorio y acudieron con el Centro de Derechos Humanos Tlachinollan para buscar información y orientación. Se supo rápidamente que el 80% del territorio de San Miguel estaba concesionado a la empresa peruana de capital inglés Hochschild y, en asamblea, la población decidió emprender el camino de la lucha jurídica para defender a su territorio. Habían conocido el caso de la mina a cielo abierto de Carrizalillo y vieron que las empresas mineras destruyen el territorio y el agua, traen delincuencia y violencia y destruyen a las comunidades.
Se ganó en el 2014 un primer amparo que canceló las concesiones mineras. Sin embargo, el juez no entró al fondo del análisis de la inconstitucionalidad de la Ley Minera, adoptada en el sexenio de Carlos Salinas de Gortari, que establece la actividad minera como preferente sobre cualquier otra. Por ello, se llevó el caso a la Suprema Corte; pero las empresas decidieron renunciar a sus concesiones para dejar sin objeto la controversia.
Ello significó que las concesiones Corazón de tinieblas y reducción norte quedaron canceladas, lo cual representó una gran victoria para el pueblo; sin embargo cuando el 24 de noviembre de 2015, la Secretaría de Economía anunció en el Diario Oficial de la Federación la cancelación de las concesiones, publicó al mismo tiempo una declaratoria de libertad de terreno que abrió de nuevo las puertas a la entrada de cualquier otra empresa extractiva. Frente a esta evidente amenaza, la comunidad de San Miguel se volvió a amparar, y el tribunal falló el 28 de junio de 2017 una vez más en su favor al determinar que esta declaratoria de libertad de terreno violaba su derecho a la consulta previa, libre e informada frente a un proyecto que podría causar una afectación a su territorio.
La Secretaría de Economía impugnó la sentencia, argumentando que por sí sola, la declaratoria de libertad de terreno no afecta el territorio y por ende no aplica el derecho a la consulta; pero, el 17 de octubre 2019, el poder judicial confirmó la sentencia, dejándola firme.
Las autoridades de San Miguel del Progreso expresaron su felicidad de haber ganado los derechos que les pertenecen y anunciaron que seguirán organizándose para defender su territorio.
Maria Teresa Sierra, académica del CIESAS, explicó el papel que jugó el peritaje antropológico que realizó para demostrar el apego al territorio de la comunidad Me’Phaa de Juba Wajiín. El terreno que quiere declarar “libre” la Secretaría de Economía para concesionarlo a empresas mineras, está en realidad ocupado, material y espiritualmente, por una comunidad originaria que tiene un manejo propio de su territorio, una relación con sus cerros, y manantiales, una cosmovisión particular. Fue importante explicar al poder judicial que, aunque la concesión minera no vaya a afectar a los terrenos cultivables y habitados del núcleo agrario, sí afecta a la comunidad porque su territorio incluye todo el espacio del núcleo.
También recalcó la fuerza que le da a la montaña de guerrero en sus luchas la articulación procesos organizativos en la Montaña de Guerrero. Además de estar organizadas para defender su territorio, las comunidades originarias Me’Phaa y Na Savi, Afromexicanas y mestizas que ocupan la montaña se organizaron desde hace casi un cuarto de siglo para tomar en sus manos la seguridad y la justicia por medio de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria (CRAC-PC), con gran éxito ya que se trata de la única región del estado de Guerrero que ha logrado hasta ahora frenar la ola de violencia que azota la entidad y el país.
Magdalena Gómez, abogada de la UPN, explicó que en el caso de San Miguel se dio un ejemplo de la “justicia por excepción”, es decir que en algunos casos paradigmáticos el poder judicial falla en favor de los derechos de los pueblos indígenas, pero la mayoría del tiempo se les viola sus derechos. El problema de fondo, explicó, es la existencia de un duopolio Estado-Empresas, en el cual se ve que el poder público se hace sistemáticamente el abogado de los intereses del gran capital transnacional, lo cual quedó ilustrado en el caso de San Miguel del Progreso, ya que la Secretaría de Economía estuvo defendiendo desde el principio hasta el final del caso, los las empresas extranjeras que buscan extraer recursos de los territorios indígenas, sin importarles la afectación para los pueblos.
Según Magdalena Gómez, la comunidad de Juba Wajiín dio un ejemplo de proceso organizativo fuerte, que es el motor para que se pueda reconocer los derechos. Esta victoria le puede dar una esperanza al conjunto de los pueblos que están luchando por situaciones similares en otras partes del país.
Edmundo del Pozo, de Fundar, resaltó que existe en México una violación sistemática del derecho a la consulta de los pueblos indígenas, particularmente en el caso del otorgamiento de las concesiones mineras. Por ello es que los pueblos están obligados a judicializar constantemente este derecho a la consulta, lo cual representa un gran desgaste para ellas. Además, aunque en ocasiones el sistema de justicia reconoce el derecho a la consulta, tiende a distorsionar los estándares internacionales bajo los cuales se tienen que llevar a cabo, como el carácter previo y de buena fe de la consulta. Así, se terminan avalando modelos amañados de consulta.
El caso de San Miguel del Progreso es un precedente importante porque da un estándar más protector sobre el carácter previo de la consulta, al determinar que se debe realizar antes de que se publique la declaratoria de libertad de terreno. Sin embargo, el derecho a la consulta tiene grandes límites; cuando lo invocamos tiene que venir acompañado de derechos más sustanciales como el derecho a libre determinación, al territorio, y a determinar sus prioridades de desarrollo.
En este sentido, es necesario impulsar una modificación importante a toda la legislación en esta materia, quitando el carácter preferente y de utilidad pública de la actividad minera, porque mientras exista esta legislación las empresas tendrán el terreno libre para actuar por encima de los derechos de los pueblos. También se tiene que avanzar sobre el derecho al territorio de las comunidades, entendiendo la propiedad indígena como propiedad colectiva. El Estado mexicano está intentando avanzar en una reforma constitucional para los derechos de los pueblos indígenas que tiene aspectos interesantes si se llegara a concretar.
En conclusión, las autoridades y pobladores de San Miguel expresaron su alegría frente a esta victoria en el campo jurídico, y mostraron su determinación a seguir organizándose para defender su territorio, con las comunidades de la montaña de Guerrero en el Consejo Regional de Autoridades Agrarias en Defensa del Territorio.