1. Las investigaciones deben ser realizadas por personal del más alto nivel, en el ámbito federal. Si bien las autoridades federales continúan intentando identificar los restos encontrados en las fosas comunes, las investigaciones sobre las desapariciones y asesinatos siguen a cargo de las autoridades del estado de Guerrero.
2. Es indispensable que los representantes del equipo argentino de antropología forense reciban todo el respaldo institucional para apoyar el proceso de exhumación e identificación de los restos encontrados. Esto es indispensable para asegurar un proceso confiable que dé certeza a los familiares. Los fracasos en el proceso de identificación de restos humanos que se han presentado en el pasado, han socavado gravemente las investigaciones en muchos otros procesos de investigación sobre violaciones de derechos humanos.
3. Enrique Peña Nieto debe acelerar y garantizar una investigación rápida y exhaustiva sobre estos terribles abusos, y que se llegue a fondo sobre lo ocurrido a las víctimas. Las promesas de México acerca del respeto a los derechos humanos no deben quedar en meras declaraciones que permitan una serie de abusos con total impunidad.
4. Se debe garantizar el acceso pleno a las investigaciones ministeriales por parte de los familiares de las víctimas y sus representantes, y asegurar que no recaiga en las víctimas y sus familiares la obligación de obtener y proporcionar los elementos de prueba.
5. Otorgar regularmente información a los familiares de las víctimas, antes que a los medios de comunicación, de la evolución en la búsqueda permanente de sus seres queridos, así como del proceso de identificación de los cuerpos que han sido descubiertos. Asegurar que sean tratados con respeto.
6. Las investigaciones deben asumir líneas de investigación específicas de acuerdo con los patrones de la zona, tiempo o período y/o autoridad involucrada. Los resultados de todas las investigaciones deben ser públicos.
7. Se debe asegurar la vida y la seguridad de las y los familiares de las personas involucradas en los hechos de Ayotzinapa, así como de las personas que llevan las investigaciones.
8. Se debe asegurar la reparación del daño integral, que incluya indemnización, satisfacción, restitución, rehabilitación y garantías de no repetición.
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