No olvidemos a quienes desde la infancia cargan el pesado yugo de la discriminación. Su vida al ras de la tierra, pasa desapercibida por nuestra vista.

COMUNICADO | URGEN A LA SCJN A RESOLVER EL EXPEDIENTE VARIOS 1396/2012, SOBRE LOS CASOS DE INÉS FERNÁNDEZ ORTEGA Y VALENTINA ROSENDO CANTÚ

Mediante amicus curiae, organizaciones feministas y de derechos humanos en Latinoamérica demandan pronta discusión de una consulta a trámite como la realizada en el caso Radilla.

El expediente Varios: oportunidad para determinar qué implica impartir justicia con perspectiva de género y etnicidad.

México D.F. a 26 de septiembre de 2012.- Organizaciones integrantes de la Articulación Regional Feminista por los Derechos Humanos y la Justicia de Género,  y Asociadas por lo Justo (JASS), entre otras organizaciones presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un documento amicus curiae dentro del expediente Varios 1396/2012, relativo a la determinación de las obligaciones que le imponen al Poder Judicial de la Federación las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú. En el mencionado amicus, organizaciones expertas en género y derechos humanos destacan que el análisis y la resolución del expediente Varios 1396/2012 ofrece a la Suprema Corte la oportunidad de definir cómo debe impartirse justicia con perspectiva de género y etnicidad, en términos de los fallos y a partir de los estándares que el Tribunal regional dictó a favor de ambas mujeres Me’phaa.

El documento, entregado a la Oficialía de Partes del Máximo Tribunal, cuenta con la firma de: Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) de Argentina, el Estudio para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (DEMUS) de Perú,  la Coordinadora de la Mujer de Bolivia, la Corporación Humanas de Chile, la Corporación Humanas de Ecuador, la Corporación Humanas de Colombia, Equis – Justicia para las Mujeres de México, y la Asociación La Cuerda de Guatemala, todas integrantes de la Articulación Regional Feminista. Asimismo, el documento suma las adhesiones de Asociadas por lo Justo (JASS), el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), FUNDAR – Centro de Análisis e Investigación y Litiga-Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos.

Sobre el expediente Varios 1396/2012, es preciso recordar que después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Rosendo Radilla Pacheco, el Pleno de la SCJN determinó que era necesario iniciar una consulta entre los Ministros y Ministras a efecto de determinar qué obligaciones le surgían al Poder Judicial de la Federación de dicho fallo y de qué manera se acometería dicho cumplimiento. A consecuencia de esta determinación, la SCJN inició el expediente Varios 912/2010, por no tratarse de un asunto contencioso, en cuya resolución se reconocieron las obligaciones derivadas de la sentencia del tribunal interamericano.

La importancia de esta resolución ha sido fundamental a efectos de establecer las modalidades del control de convencionalidad a que están obligados los órganos jurisdiccionales mexicanos, así como los límites a que debe sujetarse el fuero militar, entre otras cuestiones.

Después de que la Corte Interamericana dictara sus sentencias en los casos Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega durante el año 2010, ambas mujeres solicitaron al Ministro Presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, que iniciara una consulta similar  a la ordenada en el caso Radilla Pacheco para clarificar las obligaciones del Poder Judicial  de la Federación. Así, fue iniciado el Expediente Varios 1396, hoy en la ponencia del Ministro Ortiz Mayagoitia. Lo anterior en virtud de que si bien algunas de las obligaciones eran comunes a los tres casos, como en lo referente al control de convencionalidad y a los límites del fuero militar, otras obligaciones contenidas en los fallos implicaban cuestiones relacionadas con los derechos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú como mujeres y como mujeres indígenas.

Este último tema, precisamente, constituye el punto central del amicus hoy presentado. En efecto, las organizaciones feministas y de derechos humanos que elaboraron el documento destacan que una de las obligaciones impuestas por la Corte Interamericana se vincula con la necesidad de que, cuando los casos sean consignados, el Poder Judicial de la Federación imparta justicia con perspectiva de género y etnicidad. Ante la ausencia de desarrollos en la jurisprudencia nacional en este sentido, el amicus curiae enfatiza que dicha perspectiva podría desarrollarse en el ámbito de la valoración de las pruebas, a efecto de reconocer el valor convictivo debido a la declaración de la víctima. De ahí, señala el amicus, la importancia de esta discusión para el avance de los derechos de las mujeres en México.

Finalmente, al presentar el amicus, las organizaciones civiles instaron a la SCJN a priorizar la pronta discusión del asunto Varios 1396/2012, considerando especialmente que durante las recientes discusiones sobre los alcances del fuero militar, varios ministros y ministras expresaron en el Pleno desconocer los alcances de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana en los casos de Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega. Esto contrasta con la información recientemente difundida por el Poder Judicial de la Federación, en el sentido de que se ha avanzado en el cumplimiento del caso Rosendo Cantú; en efecto, extraña que el Poder Judicial de la Federación se refiera al cumplimiento del fallo en el caso de la mujer Me’phaa, cuando a la fecha no ha puesto una consulta a trámite como la que realizó en el caso Rosendo Radilla.

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