Fecha | Jueves 03 de Mayo de 2012
Medio | El Sur
Autor | Zacarías Cervantes
Informó que según el Consejo de Jornaleros Agrícolas de La Montaña y Tlachinollan, de septiembre de 2011 a enero de 2012, salieron más de 7 mil jornaleros y jornaleras agrícolas, de los cuales 3 mil 298 eran menores de 15 años, y 497 se encontraban entre el rango de edad de cero a un año.
“Cada año estos menores acompañan a sus padres, en la búsqueda de la oportunidad laboral que les es negada en sus comunidades de origen, y muchos de ellos se desempeñan también como jornaleras y jornaleros agrícolas en estados como Sinaloa, Sonora, Chihuahua, Baja California Norte y Sur, Zacatecas, Jalisco, Nayarit, Michoacán, Hidalgo, San Luis Potosí, Morelos, Estado de México, y en Ciudad Altamirano y Atoyac en el estado de Guerrero”, informó ayer Tlachinollan.
Agregó que a pesar de que México aprobó y ratificó el 19 de junio de 1990 la Convención sobre los Derechos del Niño y el 14 de diciembre de 1999 la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, la explotación infantil sigue siendo una realidad derivada de la contratación ilegal de menores de catorce años que trabajan como jornaleras y jornaleros agrícolas, realizando labores que los someten a condiciones inhumanas, degradantes y riesgosas que les generan jornadas de trabajo mayores de seis horas o situaciones en donde incluso han perdido la vida.
En estas condiciones, Tlachinollan señaló que “es fundamental que la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) aplique inspecciones de trabajo en cumplimiento pleno de la Ley Federal del Trabajo para instrumentar un sistema de monitoreo a las empresas contratistas de niñas y niños jornaleros con el fin de garantizar la no contratación de menores”.
También propone “condiciones y salarios dignos para sus padres, quienes muchas veces permiten la contratación de sus hijos ante salarios precarios, así como la vigencia de sus derechos a la educación, salud, vivienda y alimentación en los campos agrícolas”.
Dijo que es imposible olvidar que cientos de niños y niñas indígenas me’phaa, na savi y nahuas de Guerrero son contratados ilegalmente por empresarios agrícolas a pesar de que el artículo 123 de Constitución Política Mexicana, en el apartado A, fracción III, prohíbe la utilización del trabajo de menores de catorce años, “exponiéndoles a trabajos en condiciones peligrosas e indignas, negándoles el acceso a derechos básicos”.
Finalmente, el Centro de Derechos Humanos de La Montaña, hizo un llamado a las autoridades estatales y federales para que brinden atención integral a los jornaleros y jornaleras indígenas en México, “particularmente, atendiendo las causas estructurales que originan la migración masiva de la población indígena y campesina de nuestro país y que se garantice el cumplimiento cabal de sus derechos laborales, incluyendo la prohibición de la explotación infantil laboral”.